Número 15 – 2010

domingo, 25 de julio de 2010


A LOS COMPAÑEROS/AS: envío para conocimiento, resúmen de normativas dictadas en diferentes ámbitos legislativos, a los efectos de colaborar con el conocimiento y comprensión de las mismas. Como siempre los textos y detalles de las normas se pueden buscar y bajar desde el sector de Legislación Educativa des la página de UntER. Se detalla:

  • CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN:

  1. RESOLUCIÓN N° 1599/10: ESTABLECER que los Salones de Usos Múltiples (SUM) y Gimnasios de los establecimientos educativos de la provincia dependerán de las  Delegaciones Regionales de Educación para ser utilizados durante los fines de semana, días feriados, receso invernal y vacaciones para la realización de actividades con fines  comunitarios, sociales, culturales y/o deportivos con carácter libre y gratuito, en el marco de la contención social de los niños y jóvenes de la provincia. Las Delegaciones Regionales de Educación tendrán prioridad para el uso de los Salones de Usos Múltiples (SUM) y Gimnasios de los establecimientos educativos, para la organización de actividades comunitarias, sociales, culturales y/o deportivas.

  2. RESOLUCIÓN N° 1602/10: EXTENDER hasta el 30 de julio de 2010, el período de receso escolar establecido en el Calendario Escolar 2010/2011 - Resolución Nº 2730/09, en todos los establecimientos educativos de las localidades de Los Menucos, Sierra Colorada, Ministro Ramos Mexía y Aguada de Guerra dependientes de la Delegación Regional de Educación Sur II. También extiende a algunos establecimientos de El Bolsón.

  • CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN :

  1. RESOLUCIÓN N° 101/10: Consejo Federal de Educación- Aprueba el documento “Objetivos y Acciones 2010-2011 de Formación Docente”, que como ANEXO forma parte integrante de la presente resolución.

  2. RESOLUCIÓN N° 102/10: Consejo Federal de Educación- Aprueba el documento complementario a la Resolución CFE N° 18/07 “Pautas Federales para la movilidad estudiantil en la educación obligatoria” que como ANEXO I  y ANEXO II, forma parte de la presente resolución.  Encomienda  a la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA  NACIÓN en conjunto con las jurisdicciones, la elaboración de recomendaciones  para la implementación de las Pautas Federales aprobadas en el artículo anterior,  en un plazo de sesenta días.  Implementa a partir del ciclo lectivo 2011 las “Pautas Federales para la movilidad estudiantil en la educación obligatoria” aprobadas en la presente medida.

  3. RESOLUCIÓN N° 103/10:Consejo Federal de Educación-Aprueba el documento “PROPUESTAS DE INCLUSIÓN Y/O REGULARIZACIÓN DE TRAYECTORIAS ESCOLARES EN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA”, que como ANEXO I forma parte de la presente resolución. Establece que durante los años 2010 y 2011, las jurisdicciones  podrán habilitar variadas alternativas y/o programas educativos que procuren que los jóvenes menores de dieciocho años, desescolarizados, ingresen y finalicen la educación secundaria obligatoria, tomando como base, las propuestas expuestas en el anexo I integrante de la presente medida u otras que estén en concordancia con los criterios que allí se plantean.  Establece que a los efectos de instrumentar las acciones previstas en los artículos precedentes, el Ministerio de Educación nacional y los Ministerios jurisdiccionales, en el marco de los planes de mejora institucional, los planes  jurisdiccionales de educación secundaria y las acciones socio-educativas, acordarán formas de asistencia técnica y financiera que aseguren las condiciones requeridas  para su desarrollo.

  • LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO:

  1. Ley N° 4540:Se consolidan las leyes nº 4401 a 4531 y normas de igual jerarquía, sancionadas y emitidas entre abril de 2009 y mayo de 2010 y aquéllas que se vean afectadas por éstas, conforme los Anexos que integran esta ley. Se incorpora al Digesto Jurídico de la Provincia de Río Negro la normativa resultante de la consolidación mencionada en el párrafo anterior, conforme los Anexos A y B de la presente ley.

  2. Ley N° 4541:Sustituye el artículo 2º del Anexo II de la Ley L N° 1844, el artículo 10 , el artículo 11 ,  el artículo 13 , el artículo 14 , el artículo 15 y los artículos  16,18,19,20,21,22,23,24,31,32,33 y 34.
    Deroga  los artículos 12, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 del Anexo II de la ley L nº 1844.




    DECRETO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL


  1. Decreto Nacional N° 1011/10:Aprueba la reglamentación de la Ley Nº 26.485 DE PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES, la que como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto.



  2. Decreto Nacional N° 1028/10:  Agréguese como segundo párrafo del punto I del Anexo I del Decreto Nº 150/96, la siguiente expresión:  
    “En el caso de enfermedad del trabajador o persona a su cargo, así como en caso de fallecimiento de familiar directo el servicio postal de telegrama previsto en las Leyes Nº 23.789 y Nº 24.487 podrá ser suplido por un telefonograma.”.




    CONGRESO DE LA NACIÓN:



  1. Ley 26618: Matrimonio entre personas del mismo sexo. MODIFICACION AL CODIGO CIVIL-LEY MODIFICATORIA-MATRIMONIO-MATRIMONIO HOMOSEXUAL.

Saluda fraternalmente - Héctor Roncallo - Vocal Gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación.
Viedma, a los 25 días del mes de Julio  de 2010 - ( del Bicentenario)
Visita la página de UnTER: www.unter.org.ar , Legislación Educativa para conocer y analizar el ordenamiento temático de la legislación del sistema Educativo.





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