Número 28 – 2008

sábado, 20 de septiembre de 2008


Elevo información de normativas de otros ámbitos de decisión, considerando la importancia de las mismas para la tarea cotidiana en las Instituciones Escolares, a saber:

 

q LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO:

 

1.      Ley 4337: Aprueba el Programa de Jornada Escolar Extendida de la Provincia de Río Negro.

2.      Ley 4347: Incorpora  a la ley nº 2444 -Orgánica de Educación- como Título VII del artículo 100 a 129, el texto de la presente ley que  regula y ordena la Educación Técnico Profesional en instituciones de nivel medio y superior de formación técnica del sistema educativo y la formación profesional, articulando la educación formal y no formal, la formación general y la profesional en el marco de la educación continua y permanente. Están comprendidas dentro de este Título las instituciones del sistema educativo que brindan Educación Técnico Profesional, ya sean ellas de gestión estatal o privada, de nivel medio y superior y de formación profesional. Crea el Fondo Provincial para la Educación Técnico Profesional en la Provincia, estos recursos se destinarán a la compra y mantenimiento de equipos, insumos de operación, desarrollo de proyectos institucionales para el aprovechamiento integral de los recursos recibidos. Determina renumerar el actual Título VII de la ley 2444 como Título IX, con artículos del 151 al 159. y  los artículos del Título VIII de la ley 2444 (incorporado por la ley 4178), como artículos 130 a 150.

 

q CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN

 

  1. RESOLUCIÓN N° 56/08: Consejo Federal de Educación -  Encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades  previstas en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro del sistema educativo.
  2. RESOLUCIÓN N° 57/08:  Consejo Federal de Educación - Aprueba el plan de estudios "Especialización docente de nivel superior en educación rural para el nivel primario" que COMO ANEXO I forma parte de la presente medida, para ser aplicado en los institutos superiores de formación docente que cada jurisdicción designe a tal fin. Dispone que el plan de estudios aprobado por el artículo 1º tenga una vigencia para tres cohortes de alumnos y su continuidad estará sujeta a una evaluación de resultados
  3. RESOLUCIÓN N° 58/08: Consejo Federal de Educación -  Aprueba el plan de estudios "Especialización docente de nivel superior en educación en contextos de encierro" que COMO ANEXO I forma parte de la presente medida, para ser aplicado en los institutos de  formación docente que cada jurisdicción designe a tal fin. Dispone que el plan de estudios aprobado por artículo 1º tenga una  vigencia para tres cohortes de alumnos y su continuidad estará sujeta a una evaluación de resultados.
  4. RESOLUCIÓN N° 59/08: CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN- Aprueba el “SISTEMA FEDERAL DE TÍTULOS Y CERTIFICADOS ANALÍTICOS CON RESGUARDO DOCUMENTAL”, correspondiente a la finalización de los estudios de la Educación Secundaria y la Educación Superior, que COMO ANEXO forma parte de la presente medida. Establece la primera fase de implementación del sistema a partir del año 2009 – serie 2008 –, para los egresados de las provincias del Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, Santiago del Estero, Tucumán y la jurisdicción nacional. Acordar la segunda fase de implementación del sistema a partir del año 2010 -serie 2009-, para los egresados de todas las jurisdicciones del país.
  5. RESOLUCIÓN N° 60/08: Consejo Federal de Educación- Aprueba, en el marco del Plan de Mejoramiento de la Enseñanza de las Ciencias: “2008 – Año de la Enseñanza de las Ciencias”, el Programa “Los científicos van a las escuelas”, con las actividades y acciones que se detallan EN EL ANEXO I, que integra la presente resolución.
  6. RESOLUCIÓN N° 61/08:  Consejo Federal de Educación - Encomendar al  MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN la realización de una consulta nacional para la elaboración de un Plan Federal para la Educación Secundaria Argentina, que contemple objetivos específicos, estrategias y plazos, que deberá ser aprobado por este Consejo Federal. La producción de los instrumentos de consulta para el debate y la sistematización de los aportes estará a cargo de la cartera educativa nacional. Convoca a los distintos miembros de la sociedad, a través de los canales que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y las autoridades educativas jurisdiccionales consideren pertinentes, con el objeto de promover un alto grado de participación y aportes ciudadanos para la mejora de la educación secundaria.

 

q CONGRESO DE LA NACIÓN:

 

1.      Ley 26388: Incorpora como últimos párrafos del artículo 77 del Código Penal, los siguientes:  El término "documento" comprende toda representación de actos o hechos, con independencia del soporte utilizado para su fijación, almacenamiento, archivo o transmisión.   Los términos "firma" y "suscripción" comprenden la firma digital, la creación de una firma digital o firmar digitalmente.   Los términos "instrumento privado" y "certificado" comprenden el documento digital firmado digitalmente.

2.      Ley 26390: La presente ley alcanzará el trabajo de las personas menores de dieciocho (18) años en todas sus formas. Se eleva la edad mínima de admisión al empleo a dieciséis (16) años en los términos de la presente. Queda prohibido el trabajo de las personas menores de dieciséis (16) años en todas sus formas, exista o no relación de empleo contractual, y sea éste remunerado o no. Toda ley, convenio colectivo o cualquier otra fuente normativa que establezca una edad mínima de admisión al empleo distinta a la fijada en el segundo párrafo, se considerará a ese solo efecto modificada por esta norma. La inspección del trabajo deberá ejercer las funciones conducentes al cumplimiento de dicha prohibición.

3.      Ley 26396: Declárase de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios, que comprenderá la investigación de sus agentes causales, el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades vinculadas, asistencia integral y rehabilitación, incluyendo la de sus patologías derivadas, y las medidas tendientes a evitar su propagación. Entiéndase por trastornos alimentarios, a los efectos de esta ley, a la obesidad, a la bulimia y a la anorexia nerviosa, y a las demás enfermedades que la reglamentación determine, relacionadas con inadecuadas formas de ingesta alimenticia

Saluda fraternalmente. Héctor Roncallo – Vocal gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación – MERN-  VIEDMA,  20 de Septiembre de 2008.  VISITA la página de UnTER: www.unter.org.ar  -legislación Educativa (Ordenamiento temático de Legislación educativa y general).

 

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Número 27 –2008

sábado, 13 de septiembre de 2008


A LOS COMPAÑEROS/AS: el día 9 del corriente  se realizó una nueva sesión del CPE, en al cual además de las Resoluciones particulares, se tomaron decisiones cuyas Resoluciones detallo y cuyos textos pueden bajarse de la Página  de UnTER.

 

 CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN:

 

  1. RESOLUCIÓN N° 1895/08: INCORPORA  a  la  Comisión  de  Trabajo   creada   por   Resolución  N° 1636/08, De Reglamento de Educación Técnica,  al docente LÓPEZ, Felipe Santiago (CUIL Nº 20-20720501-0 ) como representante de la Un.T.E.R, relevándolo de sus funciones  desde  el  8  al  30  de  septiembre  de  2008.
  2. RESOLUCIÓN N° 1939/08: APRUEBA   la  capacitación para los docentes  de las Escuelas de Nivel Medio de la Provincia de Río Negro con el fin de promover la apropiación crítica del Diseño Curricular del Ciclo Básico de  la Escuela Secundaria. DECLARA  de interés  educativo  la  capacitación  implementada  a través de la Resolución. Los  encuentros de dicha capacitación  se desarrollarán durante el  transcurso de los meses de septiembre y octubre del corriente año en las distintas sedes y fechas según se detallan en el Anexo I de la presente Resolución. Será  semi-presencial, modular y en servicio, con una carga horaria reconocida de 40 horas cátedra.
  3. RESOLUCIÓN N° 1947/08: DECLARA de  Interés  Educativo  el  cuaderno “JUSTICIA CON VOS”,  editado por la Agrupación H.I.J.O.S. Alto Valle. y ESTABLECE que la Declaración de Interés Educativo tiene la finalidad de  facilitar la difusión del cuaderno citado en el artículo 1°, con el fin de acompañar las acciones educativas en las Instituciones Escolares que hagan al análisis  histórico, estudio y debate de las consecuencias de lo ocurrido en nuestro País y en particular en la Región, en la búsqueda de verdad y justicia.
  4. RESOLUCIÓN N° 2003/08: ESTABLECE  que  todos  los  títulos y certificaciones que expidan los Institutos de Formación Docente de la Provincia deberán ajustarse a las prescripciones del Decreto Nacional N° 144/08. A  partir  de  la  presente,  los  Certificados  Analíticos  de  los                          Institutos de Formación Docente Continua de Villa Regina, San Carlos de Bariloche, San Antonio Oeste, Luis Beltrán, El Bolsón y Gral. Roca  y en adelante, de acuerdo a los Considerandos de la presente Resolución y en un todo de acuerdo a lo prescripto por la Ley Nacional de Educación, consignarán la expresión: PROFESOR/ A DE EDUCACIÓN PRIMARIA y en  los  Certificados  Analíticos   de  los Institutos de Formación Docente Continua  para las Carreras de Tercer Ciclo de la EGB y Educación Polimodal de Luis Beltrán de gestión pública y los Institutos Superiores de gestión privada: San Agustín – Gral. Roca- y Lenguas Vivas – S.C. de Bariloche-,  de acuerdo a los Considerandos de la presente Resolución y en un todo de acuerdo a lo prescripto por la Ley Nacional de Educación, consignarán la expresión: PROFESOR/ A DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN... INDICA  que  a   partir   de   la   presente   Resolución,    toda   norma   legal   que establezca denominación de títulos y modelos de certificados analíticos, en los casos que corresponda, se ajustará a lo establecido en la presente Resolución. En   función  de  la  presente  normativa de adhesión a lo preceptuado en la Ley Nacional de Educación  Nº 26206, la propuesta de aprobación de Certificados Analíticos a emitir a partir de la decisión asumida mediante esta normativa, dejará sin efecto una vez concluido el procedimiento, la Resolución N° 4221/01.
  5. RESOLUCIÓN N° 2004/08: ESTABLECE  a  partir  de  la  presente  que  la  función  a  ejercer  por  el Maestro Titular como Secretario/a, se encuadra en mayor jerarquía funcional y podrá cumplir la misma, siempre que no exista incompatibilidad horaria, en el turno igual u opuesto al cargo base. DETERMINA   en   consecuencia   que   el   Maestro   designado  para  desempeñar  funciones de Secretario podrá solicitar en su cargo base el usufructo de licencia por Artículo 15º de la Resolución Nº 233/P/98, por corresponder a un cargo de mayor jerarquía funcional, pudiendo ser designado en otro cargo u horas bajo el régimen de designaciones vigente. ESTABLECE que  todos  los docentes que se encuentran designados en la función  de Secretario en los establecimientos de Educación de Nivel Inicial y Primario, deberán presentar la licencia correspondiente para adecuarse a los términos de la presente.
  6. RESOLUCIÓN N° 2005/08: DEROGA la   Resolución   Nº   566/07    por   la   que   se   conformó    en   el ámbito  de  la  Subsecretaría   de  Capacitación   del   Consejo   Provincial   de   Educación - Ministerio de Educación de Río Negro, el REGISTRO DE ENTIDADES CAPACITADORAS (REC). DETERMINA  que   sólo  serán   valoradas   por   las   respectivas   Juntas   de Clasificación las constancias de Capacitaciones, Perfeccionamiento y Actualización declaradas de Interés Educativo Provincial, destinadas a los Niveles Inicial, Primario – en todas sus modalidades – y Medio, ofrecidas por el Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro – Consejo Provincial de Educación y entidades conveniantes, así como las certificaciones emitidas por la Entidad Sindical Un.T.E.R. y C.T.E.R.A, y se APRUEBA en el  Anexo  I  en  el   que  se  establecen   los Requisitos, según Modelo, que deberán constar en el correspondiente Certificado para ser valorado por la Junta de Clasificación que corresponda. Las presentaciones que no contengan los datos mínimos requeridos serán devueltas por la Junta de Clasificación respectiva.
  7. RESOLUCIÓN N° 2007/08: APRUEBA el Convenio del Plan de Finalización de  Estudios Primarios y   Secundarios – FinEs – suscripto entre la provincia de Río Negro y el Ministerio de Educación de la Nación. ESTABLECE  la  Primera   Etapa   del   Plan   de   Finalización   de  Estudios Secundarios FinEs, la que tendrá vigencia solamente durante el ciclo lectivo 2.008, destinada a jóvenes entre 18 y 25 años que han cursado el último año de la educación secundaria común, de educación técnica, o de educación de adultos en condición de alumnos regulares, que finalizaron de cursar y adeudan materias.
  8. RESOLUCIÓN N° 2010/08: Autorizar a partir del ciclo lectivo 2008, en el Instituto Superior San Agustín, de Gral. Roca, la relocalización del plan de Estudios de la carrera de profesorado en Historia, aprobado mediante las Resoluciones 4070/99 y 242/01. Establece que la denominación del Título de la Institución se adecuará en un todo de acuerdo a lo prescripto por la Resolución 2003/08.
  9. RESOLUCIÓN N° 2016/08: Declara de INTERÉS EDUCATIVO, el curso “de esto si se habla en la Escuela…un enfoque integral de la Educación Sexual”, a dictarse en localidades de las Zonas Andina, Alto Valle Este, Oeste y Línea Sur.
  10. RESOLUCIÓN N° 2017/08: Declara de INTERÉS EDUCATIVO, el curso, “Educación afectiva y sexual en al Escuela”, destinado a Supervisores, Directores , Docentes de Niveles inicial, Primario, Técnico de Etap, promotoras comunitarias del programa provincial de Jardines Maternales, a dictarse en sede El Bolsón.

-             VOCAL A CARGO DEL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN:

 

1.      RESOLUCIÓN N° 2021/08: Declara de INTERÉS EDUCATIVO, el curso “Actividad Física con adultos mayores”, destinado a Profesores, Licenciados y Estudiantes en educación Física, Médicos y estudiantes de Medicina , presentado por la Dirección de Deportes de Cipolletti.

2.      RESOLUCIÓN N° 2022/08: ESTABLECE   la  Primera   Etapa   del   Plan   de   Finalización   de  Estudios Secundarios FinEs, la que tendrá vigencia solamente durante el ciclo lectivo 2.008, destinada a mayores de 25 años que han cursado el último año de la educación secundaria común, de educación técnica, o de educación de adultos en condición de alumnos regulares, que finalizaron de cursar y adeudan materias.

3.      RESOLUCIÓN N° 2024/08: Declara de INTERÉS EDUCATIVO, el proyecto  “La Escuela va al Teatro”, solicitado por la UnTER.

Saluda fraternalmente. Héctor Roncallo – Vocal gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación – MERN-  VIEDMA,  12 de Septiembre de 2008.  VISITA la página de UnTER: www.unter.org.ar  -legislación Educativa (Ordenamiento temático de Legislación educativa y general).

 

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FUNCIÓN DE SECRETARIO/A NIVEL INICIAL Y PRIMARIO




A LOS COMPAÑEROS/AS:

Envió adjunto, para conocimiento y difusión, la RESOLUCIÓN 2004/08, que en la sesión del día 9-9-08 se definió en base a una serie de debates que se venía llevando a cabo en la Vocalía en función de situaciones diversas provenientes de distintos Establecimientos Educativos de la Provincia. Desde esta Vocalía se ha sugerido el encuadramiento que determina  la Resolución y se acordó el texto que hoy es Resolución, para poder dirimir con claridad las diversas interpretaciones que sobre el particular existían ante el vacío normativo existente sobre el tema.

SE ADJUNTA:

 

RESOLUCIÓN 2004/08: ESTABLECE  a  partir  de  la  presente  que  la  función  a  ejercer  por  el Maestro Titular como Secretario/a, se encuadra en mayor jerarquía funcional y podrá cumplir la misma, siempre que no exista incompatibilidad horaria, en el turno igual u opuesto al cargo base. DETERMINA   en   consecuencia   que   el   Maestro   designado  para  desempeñar  funciones de Secretario podrá solicitar en su cargo base el usufructo de licencia por Artículo 15º de la Resolución Nº 233/P/98, por corresponder a un cargo de mayor jerarquía funcional, pudiendo ser designado en otro cargo u horas bajo el régimen de designaciones vigente. ESTABLECE que  todos  los docentes que se encuentran designados en la función  de Secretario en los establecimientos de Educación de Nivel Inicial y Primario, deberán presentar la licencia correspondiente para adecuarse a los términos de la presente.

Saluda fraternalmente. Héctor Roncallo – Vocal gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación – MERN-  VIEDMA,  10 de Septiembre de 2008.  VISITA la página de UnTER: www.unter.org.ar  -legislación Educativa (Ordenamiento temático de Legislación educativa y general).



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Número 27 – 2008

viernes, 12 de septiembre de 2008


A LOS COMPAÑEROS/AS: el día 9 del corriente  se realizó una nueva sesión del CPE, en al cual además de las Resoluciones particulares, se tomaron decisiones cuyas Resoluciones detallo y cuyos textos pueden bajarse de la Página  de UnTER.

 

-             CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN:

 

  1. RESOLUCIÓN N° 1895/08: INCORPORA  a  la  Comisión  de  Trabajo   creada   por   Resolución  N° 1636/08, De Reglamento de Educación Técnica,  al docente LÓPEZ, Felipe Santiago (CUIL Nº 20-20720501-0 ) como representante de la Un.T.E.R, relevándolo de sus funciones  desde  el  8  al  30  de  septiembre  de  2008.
  2. RESOLUCIÓN N° 1939/08: APRUEBA   la  capacitación para los docentes  de las Escuelas de Nivel Medio de la Provincia de Río Negro con el fin de promover la apropiación crítica del Diseño Curricular del Ciclo Básico de  la Escuela Secundaria. DECLARA  de interés  educativo  la  capacitación  implementada  a través de la Resolución. Los  encuentros de dicha capacitación  se desarrollarán durante el  transcurso de los meses de septiembre y octubre del corriente año en las distintas sedes y fechas según se detallan en el Anexo I de la presente Resolución. Será  semi-presencial, modular y en servicio, con una carga horaria reconocida de 40 horas cátedra.
  3. RESOLUCIÓN N° 1947/08: DECLARA de  Interés  Educativo  el  cuaderno “JUSTICIA CON VOS”,  editado por la Agrupación H.I.J.O.S. Alto Valle. y ESTABLECE que la Declaración de Interés Educativo tiene la finalidad de  facilitar la difusión del cuaderno citado en el artículo 1°, con el fin de acompañar las acciones educativas en las Instituciones Escolares que hagan al análisis  histórico, estudio y debate de las consecuencias de lo ocurrido en nuestro País y en particular en la Región, en la búsqueda de verdad y justicia.
  4. RESOLUCIÓN N° 2003/08: ESTABLECE  que  todos  los  títulos y certificaciones que expidan los Institutos de Formación Docente de la Provincia deberán ajustarse a las prescripciones del Decreto Nacional N° 144/08. A  partir  de  la  presente,  los  Certificados  Analíticos  de  los                          Institutos de Formación Docente Continua de Villa Regina, San Carlos de Bariloche, San Antonio Oeste, Luis Beltrán, El Bolsón y Gral. Roca  y en adelante, de acuerdo a los Considerandos de la presente Resolución y en un todo de acuerdo a lo prescripto por la Ley Nacional de Educación, consignarán la expresión: PROFESOR/ A DE EDUCACIÓN PRIMARIA y en  los  Certificados  Analíticos   de  los Institutos de Formación Docente Continua  para las Carreras de Tercer Ciclo de la EGB y Educación Polimodal de Luis Beltrán de gestión pública y los Institutos Superiores de gestión privada: San Agustín – Gral. Roca- y Lenguas Vivas – S.C. de Bariloche-,  de acuerdo a los Considerandos de la presente Resolución y en un todo de acuerdo a lo prescripto por la Ley Nacional de Educación, consignarán la expresión: PROFESOR/ A DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN... INDICA  que  a   partir   de   la   presente   Resolución,    toda   norma   legal   que establezca denominación de títulos y modelos de certificados analíticos, en los casos que corresponda, se ajustará a lo establecido en la presente Resolución. En   función  de  la  presente  normativa de adhesión a lo preceptuado en la Ley Nacional de Educación  Nº 26206, la propuesta de aprobación de Certificados Analíticos a emitir a partir de la decisión asumida mediante esta normativa, dejará sin efecto una vez concluido el procedimiento, la Resolución N° 4221/01.
  5. RESOLUCIÓN N° 2004/08: ESTABLECE  a  partir  de  la  presente  que  la  función  a  ejercer  por  el Maestro Titular como Secretario/a, se encuadra en mayor jerarquía funcional y podrá cumplir la misma, siempre que no exista incompatibilidad horaria, en el turno igual u opuesto al cargo base. DETERMINA   en   consecuencia   que   el   Maestro   designado  para  desempeñar  funciones de Secretario podrá solicitar en su cargo base el usufructo de licencia por Artículo 15º de la Resolución Nº 233/P/98, por corresponder a un cargo de mayor jerarquía funcional, pudiendo ser designado en otro cargo u horas bajo el régimen de designaciones vigente. ESTABLECE que  todos  los docentes que se encuentran designados en la función  de Secretario en los establecimientos de Educación de Nivel Inicial y Primario, deberán presentar la licencia correspondiente para adecuarse a los términos de la presente.
  6. RESOLUCIÓN N° 2005/08: DEROGA la   Resolución   Nº   566/07    por   la   que   se   conformó    en   el ámbito  de  la  Subsecretaría   de  Capacitación   del   Consejo   Provincial   de   Educación - Ministerio de Educación de Río Negro, el REGISTRO DE ENTIDADES CAPACITADORAS (REC). DETERMINA  que   sólo  serán   valoradas   por   las   respectivas   Juntas   de Clasificación las constancias de Capacitaciones, Perfeccionamiento y Actualización declaradas de Interés Educativo Provincial, destinadas a los Niveles Inicial, Primario – en todas sus modalidades – y Medio, ofrecidas por el Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro – Consejo Provincial de Educación y entidades conveniantes, así como las certificaciones emitidas por la Entidad Sindical Un.T.E.R. y C.T.E.R.A, y se APRUEBA en el  Anexo  I  en  el   que  se  establecen   los Requisitos, según Modelo, que deberán constar en el correspondiente Certificado para ser valorado por la Junta de Clasificación que corresponda. Las presentaciones que no contengan los datos mínimos requeridos serán devueltas por la Junta de Clasificación respectiva.
  7. RESOLUCIÓN N° 2007/08: APRUEBA el Convenio del Plan de Finalización de  Estudios Primarios y   Secundarios – FinEs – suscripto entre la provincia de Río Negro y el Ministerio de Educación de la Nación. ESTABLECE  la  Primera   Etapa   del   Plan   de   Finalización   de  Estudios Secundarios FinEs, la que tendrá vigencia solamente durante el ciclo lectivo 2.008, destinada a jóvenes entre 18 y 25 años que han cursado el último año de la educación secundaria común, de educación técnica, o de educación de adultos en condición de alumnos regulares, que finalizaron de cursar y adeudan materias.
  8. RESOLUCIÓN N° 2010/08: Autorizar a partir del ciclo lectivo 2008, en el Instituto Superior San Agustín, de Gral. Roca, la relocalización del plan de Estudios de la carrera de profesorado en Historia, aprobado mediante las Resoluciones 4070/99 y 242/01. Establece que la denominación del Título de la Institución se adecuará en un todo de acuerdo a lo prescripto por la Resolución 2003/08.
  9. RESOLUCIÓN N° 2016/08: Declara de INTERÉS EDUCATIVO, el curso “de esto si se habla en la Escuela…un enfoque integral de la Educación Sexual”, a dictarse en localidades de las Zonas Andina, Alto Valle Este, Oeste y Línea Sur.
  10. RESOLUCIÓN N° 2017/08: Declara de INTERÉS EDUCATIVO, el curso, “Educación afectiva y sexual en al Escuela”, destinado a Supervisores, Directores , Docentes de Niveles inicial, Primario, Técnico de Etap, promotoras comunitarias del programa provincial de Jardines Maternales, a dictarse en sede El Bolsón.

-             VOCAL A CARGO DEL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN:

 

1.      RESOLUCIÓN N° 2021/08: Declara de INTERÉS EDUCATIVO, el curso “Actividad Física con adultos mayores”, destinado a Profesores, Licenciados y Estudiantes en educación Física, Médicos y estudiantes de Medicina , presentado por la Dirección de Deportes de Cipolletti.

2.      RESOLUCIÓN N° 2022/08: ESTABLECE   la  Primera   Etapa   del   Plan   de   Finalización   de  Estudios Secundarios FinEs, la que tendrá vigencia solamente durante el ciclo lectivo 2.008, destinada a mayores de 25 años que han cursado el último año de la educación secundaria común, de educación técnica, o de educación de adultos en condición de alumnos regulares, que finalizaron de cursar y adeudan materias.

3.      RESOLUCIÓN N° 2024/08: Declara de INTERÉS EDUCATIVO, el proyecto  “La Escuela va al Teatro”, solicitado por la UnTER.

Saluda fraternalmente. Héctor Roncallo – Vocal gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación – MERN-  VIEDMA,  12 de Septiembre de 2008.  VISITA la página de UnTER: www.unter.org.ar  -legislación Educativa (Ordenamiento temático de Legislación educativa y general).

 

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Info

lunes, 1 de septiembre de 2008


A LOS COMPAÑEROS /AS:

Les envío adjunto, para conocimiento y difusión la RESOLUCIÓN 1839/08, y su Anexo, que establece la capacitación en servicio para docentes de los Niveles Inicial y Primario (en sus diferentes modalidades), Técnicos de E.T.A.P., Equipos Directivos y Supervisores de los períodos Febrero-Diciembre y Marzo-Noviembre, a llevarse a cabo entre los meses de Agosto y Septiembre, del corriente año.

Saluda fraternalmente. Héctor Roncallo – Vocal gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación – MERN- VIEDMA, 29 de Agosto de 2008. VISITA la página de UnTER: www.unter.org.ar -legislación Educativa (Ordenamiento temático de Legislación educativa y general).




VIEDMA, 25 DE AGOSTO DE 2008

VISTO:

El expediente N° 138317-DCAP-08 del Registro del Consejo Provincial de Educación; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 973/08 se aprobaron los Anexo I y II del Plan de Capacitación en Servicio, destinado a los docentes de los Niveles Inicial y Primario, en sus distintas modalidades y Técnicos de E.T.A.P.;

Que por Calendario Escolar se ha establecido que la segunda instancia del Plan de Capacitación se llevará a cabo en los meses de Agosto y Septiembre de 2008;

Que en ésta instancia se realizará un desarrollo diferenciado por área curricular, nivel y modalidad. Las áreas curriculares a tratarse para el nivel primario son: Lengua, Matemática, Ciencias Sociales, Formación Ética y Ciudadana, Ciencias Naturales, Tecnología, Educación Física, Plástica y Música. Para el Nivel Inicial, los campos de conocimiento de los lenguajes estético – expresivos, la matemática y la realidad natural y social. La modalidad Adultos y Especial trabajarán con Proyectos Específicos;

Que se han tenido en cuenta las evaluaciones realizadas por las Instituciones Educativas y las que aportaron Supervisores y Capacitadores, para la selección de las propuestas;

Que se considera adecuado el desarrollo de estrategias alternativas de capacitación que contemplen una visión institucional, áulica y zonal;

Que participarán como Capacitadores equipos docentes de los Institutos de Formación Docente Continua de San Antonio Oeste, San Carlos de Bariloche, El Bolsón, General Roca, Villa Regina, Luis Beltrán y Viedma, así como capacitadores externos convocados por la Subsecretaría de Formación y Capacitación Docente;

Que los fondos necesarios para el desarrollo de las acciones han sido previstos y asignados en el Presupuesto de Gastos y recursos del Plan de Apoyo a la Educación Inicial, Obligatoria y Modalidades 2008 correspondiente a fondos nacionales no reintegrables, de la Subsecretaría de Formación y Capacitación Docente.

POR ELLO:

EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- APROBAR la Segunda Instancia de la Capacitación en Servicio 2008 cuyas

jornadas presenciales se desarrollarán en los meses de Agosto y Septiembre, según lo establecido en el Calendario Escolar aprobado por Resolución N° 2150/07.-

ARTICULO 2 ° .- FIJAR, las fechas que figuran en el anexo I de la presente resolución,

como segunda instancia del Plan de Capacitación.-

ARTÍCULO 3º.- DETERMINAR que dicha Capacitación está dirigida a docentes de los Niveles

Inicial, Primario (en sus diferentes modalidades), Técnicos de E.T.A.P., Equipos Directivos y Supervisores de los períodos Febrero-Diciembre y Marzo-Noviembre.-

ARTÍCULO 4°.-ESTABLECER que dicha capacitación será de participación obligatoria para los

docentes Titulares, Interinos y Suplentes que integren las Plantas Orgánicas Funcionales de los Establecimientos convocados, incluyendo los Equipos Directivos de los mismos. Los docentes que se desempeñen en distintas modalidades y/o turnos podrán optar por una de las capacitaciones y en el otro cumplirán tareas institucionales acordadas con el equipo directivo.-

ARTÍCULO 5°.- AFECTAR por la Dirección de Contaduría, las partidas necesarias de los

Programas de la Subsecretaría de Formación y Capacitación Docente, previstas en el Presupuesto Anual de Gastos y Recursos.-

ARTÍCULO 6°.- REGISTRAR, comunicar por intermedio de la Secretaría General, a las

Supervisiones Escolares respectivas de las Delegaciones y Subdelegaciones Regionales de la Provincia, a las Direcciones de Niveles Inicial, Primario, de Educación Especial y de Asistencia Técnica.

RESOLUCIÓN N° 1839

Prof. Jorge Sartor – A/c Presidencia

Prof. Adriana Monti – Secretaria General

Consejo Provincial de Educación


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Número 26 –2008


A LOS COMPAÑEROS/AS:

Los días 25 y 27 de Agosto de 2008 se llevaron a cabo dos sesiones del Consejo, detallando, para conocimiento y difusión las normas de interés general:

  1. RESOLUCIÓN N° 1775/08: DECLARA de Interés Educativo los “JUEGOS RIONEGRINOS 2008”.
  2. RESOLUCIÓN N° 1801/08: DECLARA de interés educativo el Seminario Taller EDUCACION PARA LA DIVERSIDAD.
  3. RESOLUCIÓN N° 1802/08: DECLARA de Interés Provincial y Educativo el Programa de Capacitación “Abordaje de la Sexualidad Adolescente: un enfoque preventivo integral. Orientadoras/es en Sexualidad”.-
  4. RESOLUCIÓN N° 1839/08: APRUEBA la Segunda Instancia de la Capacitación en Servicio 2008 cuyas jornadas presenciales se desarrollarán en los meses de Agosto y Septiembre, según lo establecido en el Calendario Escolar aprobado por Resolución N° 2150/07.-
  5. RESOLUCIÓN N° 1846/08: DECLARA de interés educativo, los Seminarios " MEDIACION I" , MEDIACIÓN II" y " CAPACITACION DE ENTRENADORES EN MEDIACION EDUCATIVA".-
  6. RESOLUCIÓN N° 1847/08: DECLARA de interés educativo, el IV Congreso Provincial de Educación que se desarrollará bajo el tema “La enseñanza de las Ciencias: Estrategias Interdisciplinarias”.-
  7. RESOLUCIÓN N° 1848/08: DECLARA de interés educativo, la I JORNADA DE CIENCIA POLÍTICA DE RÍO NEGRO
  8. RESOLUCIÓN N° 1849/08: DECLARA de interés educativo “ LAS JORNADAS INTERNACIONALES DE INVESTIGACIÓN EN DIDÁCTICA DE LAS LENGUAS Y LAS LITERATURAS.-
  9. RESOLUCIÓN N° 1850/08: DECLARA de interés educativo las VIII Jornadas Nacionales y III Congreso Internacional de Enseñanza de la Biología.-
  10. RESOLUCIÓN N° 1851/08: DECLARA de interés educativo, XVII Jornadas de la Red Universitaria de Educación Especial y del XI Encuentro de Estudiantes.
  11. RESOLUCIÓN N° 1852/08: DECLARA de interés educativo el “IV Congreso Político Educativo 2008”
  12. RESOLUCIÓN N° 1853/08: DECLARA de interés educativo, el IV Congreso Iberoamericano de enseñanza de la Geometría Dinámica “IberoCabrí 2008”.-
  13. RESOLUCIÓN N° 1854/08: DECLARA de interés educativo, el “I CONGRESO INTERNACIONAL DE ARTE, EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN Y III JORNADAS NACIONALES Y II LATINOAMERICANAS”.-
  14. RESOLUCIÓN N° 1855/08: DECLARA de interés educativo, el III Encuentro Provincial Zona Comahue, “LA INFANCIA EN LA POSMODERNIDAD...UN NUEVO DESAFÍO PARA EL NIVEL INICIAL”.-
  15. RESOLUCIÓN N° 1876/08: DECLARA de interés educativo, el Curso "Juguemos con las carreras, los saltos y los lanzamientos" presentado por la Subsecretaría de Deportes de la Municipalidad de Viedma.-
  16. RESOLUCIÓN N° 1878/08: DECLARA de interés educativo, el Curso “Situaciones conflictivas en el aula. Prevención y Resolución desde un Paradigma no punitivo” presentado por Colegio Umbrales.-
  17. RESOLUCIÓN N° 1879/08: DECLARA de Interés Educativo la Capacitación “Educación Básica de Jóvenes y Adultos”.-
  18. RESOLUCIÓN N° 1880/08: DECLARA de interés educativo, el curso: “Alfabetización en Contexto”.
  19. RESOLUCIÓN N° 1881/08: DECLARA de Interés Educativo la capacitación “Los alumnos con necesidades múltiples y sus familias: formación de los equipos docentes para dar las respuestas adecuadas desde el abordaje institucional".-
  20. RESOLUCIÓN N° 1882/08: DECLARA de interés educativo, el curso: “El Acto motor y la Actividad Física para Personas con Discapacidad".

Saluda fraternalmente. Héctor Roncallo – Vocal gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación – MERN- VIEDMA, 29 de Agosto de 2008. VISITA la página de UnTER: www.unter.org.ar -legislación Educativa (Ordenamiento temático de Legislación educativa y general).

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